Es el instrumento de la Secretaría de Economía para apoyar los proyectos concebidos y ejecutados por la iniciativa privada para contribuir a resolver las fallas de mercado que enfrentan las industrias de alta tecnología, a fin de incentivar su participación en actividades de mayor valor agregado, por medio del otorgamiento de apoyos de carácter temporal para la realización de proyectos que atiendan dichas fallas de mercado. En este aspecto el programa es único en su tipo.

Para ello, el PRODIAT otorgará apoyos monetarios temporales no reembolsables.

El pasado 20 de diciembre de 2013 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las Reglas de Operación del PRODIAT y el 28 de enero de 2014, la convocatoria para presentar solicitudes de apoyo del PRODIAT, la cual estará vigente hasta el 30 de junio de 2014 o se agoten los recursos presupuestarios, en cuyo caso se anunciará a través de un Aviso en el DOF, en las Delegaciones y Subdelegaciones Federales y en el portal de la Secretaría de Economía.

Con la publicación de la convocatoria, se inicia la recepción de solicitudes de apoyo en las Delegaciones, Subdelegaciones y la Dirección General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología de la Secretaría de Economía.

Objetivo General

Contribuir a resolver las fallas de mercado que enfrentan las industrias de alta tecnología, a fin de incentivar su participación en actividades de mayor valor agregado, por medio del otorgamiento de apoyos de carácter temporal para la realización de proyectos que atiendan dichas fallas de mercado.

  • La capacitación especializada del capital humano.
  • La certificación de las capacidades del capital humano.
  • La certificación de procesos de las empresas de los distintos niveles de la cadena productiva.
  • El desarrollo de proveedores de segundo nivel y posteriores de la cadena productiva, mediante la implementación de procesos de alta tecnología.
  • La realización de estudios asociados a la aplicación industrial de productos y/o procesos de alta tecnología, de la situación actual en los mercados y de sus tendencias tecnológicas, productivas y de demanda.
  • El establecimiento y desarrollo de centros de Ingeniería y desarrollo.
  • La realización de otras acciones que sean necesarias para remediar las fallas de mercado que obstaculizan en el largo plazo el incremento de las actividades de mayor valor agregado.

¿A quién está dirigido?

A las empresas y asociaciones con actividades de diseño, desarrollo y/o producción en las cadenas productivas de las industrias eléctrica, electrónica, de autopartes, automotriz, aeronáutica, maquinaria y equipo, definidas en el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN).

Grupo I.
Las personas que realizan actividades clasificadas en los siguientes subsectores del SCIAN:
  • 333 — Fabricación de maquinaria y equipo.
  • 334 — Fabricación de equipo de computación, comunicación, medición y de otros equipos, componentes y accesorios electrónicos.
  • 335 — Fabricación de equipo de generación eléctrica y aparatos y accesorios eléctricos.
  • 336 — Fabricación de equipo de transporte y partes para vehículos automotores.
Grupo II.
Los organismos empresariales constituidos por las personas del Grupo I;
Grupo III.
Los proveedores actuales y potenciales de las personas del Grupo I (no incluye proveedores de servicios), y
Grupo IV.
Las instituciones académicas, de investigación, desarrollo y organismos públicos, privados o mixtos sin fines de lucro, que desarrollen proyectos para el Grupo I.

Se otorgará Apoyos para el desarrollo y ejecución de Proyectos observando las siguientes disposiciones

  • Porcentaje máximo de apoyo: 50% del costo total del proyecto, con la posibilidad de apoyar hasta el 70% cuando se trate de proyectos estratégicos.
  • Apoyo máximo por Beneficiario: 8.0 millones de pesos.
  • Los rubros temáticos de apoyo; se otorgaran:
    1. Asistencia técnica, capacitación, certificaciones y otros servicios relacionados para reducir el riesgo y los costos hundidos asociados a la capacitación; y consultorías para la formación de personal especializado en la aplicación industrial de productos y/o procesos de alta tecnología.
    2. Apoyo para coadyuvar al acceso de información, nuevas tecnologías y a procesos de alta tecnología que faciliten el avance hacia actividades de mayor valor agregado en los diferentes niveles de la cadena productiva.

Todos los estudios financiados con los apoyos otorgados por el PRODIAT se harán públicos en la página de Internet de la Secretaría de Economía.

Serán elegibles para acceder a los Apoyos del PRODIAT, aquellos que reúnan los requisitos siguientes:

  • Estén al corriente de sus obligaciones fiscales, conforme al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, presentando opinión conforme a las disposiciones aplicables de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente;
  • No estén recibiendo apoyos de otros programas federales que impliquen sustituir su aportación o duplicar apoyos.
  • Tratándose de Beneficiarios de ejercicios fiscales anteriores a éste u otros fondos o programas, estén al corriente de las obligaciones a su cargo, lo cual será verificado por la DGIPAT, y
  • En el caso de que la Población Objetivo definida en el Grupo IV, esté vinculados con entes del Grupo I mediante convenio u otros instrumentos jurídicos pertinentes.

En el portal de la Secretaría están disponibles para las empresas y asociaciones de los sectores de Alta Tecnología, las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo Tecnológico de la Industria (PRODIAT), la Guía de presentación de Proyectos, la Convocatoria y la Solicitud.


SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
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